Tiene la opción de presentar su denuncia a través de nuestro centro de notificación. Puede decidir si desea facilitar sus datos de contacto y cuáles, y si desea recibir una respuesta. Si desea recibir una respuesta y facilitar sus datos de contacto, recibirá confirmación de la recepción de la información enviada en un plazo de 7 días a través del canal de comunicación que haya especificado. Además, recibirá en un plazo de 3 meses información sobre la tramitación de su denuncia, incluyendo las medidas adoptadas.

Su denuncia se enviará directamente a nuestro defensor del pueblo externo (datenschutz nord GmbH, Dominik Bleckmann, abogado titulado), que la tratará de forma confidencial y, tras una revisión inicial, la remitirá a nuestra oficina interna para que adopte las medidas oportunas.

Puede enviar sus denuncias a través de:

  • Consulta personal previa concertación de cita;
  • Por escrito, enviándola por correo postal;
  • Telefónicamente;
  • Electrónicamente, por correo electrónico.

Datenschutz nord GmbH, Konsul-Smidt-Str. 88, 28217 Bremen (Alemania)

Teléfono: +49 421 6966 32 349
Dirección de correo electrónico: compliance@dsn-group.de

Tiene la posibilidad de presentar denuncias sobre infracciones legales o comportamientos abusivos, en particular los relacionados con los siguientes ámbitos:

  • Infracciones penadas por la ley;
  • Infracciones de las normas de seguridad para la vida, la integridad física y la salud, o de los trabajadores y sus órganos representativos, sujetas a multas;
  • Contrataciones públicas;
  • Servicios financieros, productos financieros y mercados financieros, así como prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo;
  • Seguridad y conformidad de los productos;
  • Seguridad vial;
  • Protección medioambiental;
  • Seguridad alimentaria;
  • Salud pública y salud animal;
  • Defensa del consumidor;
  • Protección de la intimidad y los datos personales, así como seguridad de la red y los sistemas de información;
  • Infracciones contra los intereses financieros de la Unión en el sentido del artículo 325 del TFUE y tal como se definen con mayor precisión en las medidas pertinentes de la Unión;
  • Infracciones de las normas del mercado interior en el sentido del artículo 26 (2), del TFUE, incluidas las infracciones de las normas de la Unión en materia de competencia y ayudas de Estado, así como – infracciones de las normas del mercado interior en relación con actos que vulneren las normas del impuesto de sociedades o en relación con acuerdos dirigidos a obtener una ventaja fiscal contraria al objeto o finalidad de la legislación aplicable en materia de impuesto de sociedades.

No debe considerarse esta lista como concluyente. También puede informar sobre infracciones en otros ámbitos. El ámbito exacto de aplicación, que se enumera a continuación, puede consultarse en el art. 2 de la Ley alemana de Protección de los Secretos Comerciales (GeschGehG).

Ámbito de aplicación del Centro de Notificación de conformidad con el art. 2 de la Ley alemana de protección de denunciantes (HinSchG).

El centro de notificaciones se encarga de recibir denuncias sobre los siguientes ámbitos:

  • Infracciones penadas por la ley;
  • Infracciones sujetas a multa si la norma infringida tiene por objeto proteger la vida, la integridad física o la salud, o proteger los derechos de los trabajadores o de sus órganos representativos;
  • Otras violaciones de la legislación nacional y regional y de los actos jurídicos directamente aplicables de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica;
  • Sobre la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, incluyendo en particular la Ley de Blanqueo de Capitales y el Reglamento (UE) 2015/847 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2015, relativo a la información que acompaña a las transferencias de fondos y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.º 1781/2006 (DO L 141 de 5.6.2015, p. 1), modificado por el Reglamento (UE) 2019/2175 (DO L 334 de 27.12.2019, p. 1), en su versión modificada;
  • Con disposiciones para la seguridad y conformidad de los productos;
  • Con disposiciones aplicables en materia de seguridad vial relativos a la gestión de la seguridad de las infraestructuras viarias, los requisitos de seguridad en los túneles de carretera y la autorización para trabajar como transportista de mercancías por carretera o transportista de viajeros por carretera (empresa de autobuses y autocares);
  • Con disposiciones para garantizar la seguridad de las operaciones ferroviarias;
  • Con disposiciones en materia de seguridad marítima relativas a las normas de la Unión Europea sobre el reconocimiento de las organizaciones de inspección y peritaje de buques, la responsabilidad del transportista y el seguro para el transporte marítimo de pasajeros, la homologación de los equipos marinos, la inspección de la seguridad marítima, la formación de los marinos, el registro de las personas a bordo de buques de pasaje en el transporte marítimo y las normas y procedimientos de la Unión Europea para la seguridad de las operaciones de carga y descarga de graneleros;
  • Con disposiciones relativas a la seguridad de la aviación civil en materia de prevención de riesgos para la seguridad operativa y técnica y de control del tráfico aéreo;
  • Con disposiciones para el transporte seguro de mercancías peligrosas por carretera, ferrocarril y vías navegables interiores;
  • Con disposiciones para la protección del medio ambiente;
  • Con disposiciones para la protección contra las radiaciones y la seguridad nuclear;
  • Para fomentar el uso de energía procedente de fuentes renovables y la eficiencia energética;
  • Sobre la seguridad de los alimentos y los piensos, sobre la producción y el etiquetado de los productos ecológicos, sobre la protección de las indicaciones geográficas de los productos agrícolas y alimenticios, incluidos el vino, los productos vitivinícolas aromatizados y las bebidas espirituosas, así como las especialidades tradicionales garantizadas, sobre la comercialización y utilización de productos fitosanitarios, y sobre la salud y el bienestar de los animales en lo que respecta a la protección de los animales de granja, la protección de los animales en el momento de la matanza, el mantenimiento de animales salvajes en parques zoológicos, la protección de los animales utilizados para fines científicos y el transporte de animales y las operaciones conexas;
  • Sobre normas de calidad y seguridad para órganos y sustancias de origen humano, medicamentos de uso humano y veterinario, productos sanitarios y atención transfronteriza a los pacientes;
  • Sobre la fabricación, presentación y venta de tabaco y productos relacionados;
  • Sobre la regulación de los derechos y la protección de los consumidores en relación con los contratos entre comerciantes y consumidores y la protección de los consumidores en el ámbito de las cuentas de pago y los servicios financieros, la indicación de precios y las prácticas comerciales desleales;
  • Sobre la protección de la intimidad en las comunicaciones electrónicas, la protección de la confidencialidad de las comunicaciones, la protección de los datos personales en el sector de las comunicaciones electrónicas, la protección de la intimidad de los equipos terminales de los usuarios y de la información almacenada en dichos equipos terminales, la protección contra el acoso publicitario no razonable a través de llamadas telefónicas, aparatos de llamada automática, fax o correo electrónico, así como mediante la identificación y supresión de llamadas y para la inclusión en listas de suscriptores;
  • Sobre la protección de datos personales en el ámbito de aplicación del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) (DO L 119 de 4.5.2016, p. 1; L 314 de 22.11.2016, p. 72; L 127 de 23.5.2018, p. 2; L 74 de 4.3.2021, p. 35), de conformidad con su artículo 2;
  • sobre la seguridad en la tecnología de la información en el sentido del artículo 2 (2) de la Ley BSI (Oficina Federal de Seguridad de la Información de Alemania) por parte de los proveedores de servicios digitales en el sentido del artículo 2 (12) de la Ley BSI;
  • Sobre la regulación de los derechos de los accionistas de las sociedades anónimas;
  • Sobre la auditoría de entidades de interés público de conformidad con el artículo 316a, frase 2, del Código de Comercio alemán;
  • Sobre contabilidad, incluida la gestión de libros contables de sociedades orientadas al mercado de capitales en el sentido del artículo 264d del Código de Comercio alemán, entidades de crédito en el sentido del artículo 340 (1) del Código de Comercio alemán, entidades de servicios financieros en el sentido del artículo 340 (4) frase 1 del Código de Comercio alemán, instituciones de valores en el sentido del artículo 340 (4a) frase 1 del Código de Comercio alemán, instituciones en el sentido del artículo 340 (5) frase 1 del Código de Comercio alemán, compañías de seguros en el sentido del artículo 341 (1) del Código de Comercio alemán y fondos de pensiones en el sentido del artículo 341 (4) frase 1 del Código de Comercio alemán,
  • infracciones de la normativa federal y unificada para los poderes adjudicadores sobre el procedimiento de adjudicación de contratos públicos y concesiones y sobre la protección jurídica en estos procedimientos una vez alcanzados los umbrales pertinentes de la UE,
  • infracciones contempladas en el artículo 4d (1) frase 1 de la Ley de Supervisión de Servicios Financieros alemana, salvo que se indique lo contrario en el artículo 4 (1) frase 1,
  • infracciones de la legislación fiscal aplicable a sociedades anónimas y sociedades mercantiles,
  • infracciones como consecuencia de acuerdos destinados a obtener indebidamente una ventaja fiscal contraria al objetivo o a la finalidad de la legislación fiscal aplicable a las sociedades anónimas y a las sociedades mercantiles,
  • infracciones de los artículos 101 y 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea e infracciones de las disposiciones legales contempladas en el artículo 81 (2), punto 1 y 2, letra a y punto 5, así como el apartado 3 de la Ley contra las Restricciones de la Competencia,
  • infracciones de las disposiciones del Reglamento (UE) 2022/1925 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de septiembre de 2022, sobre mercados contestables y justos en el sector digital y por el que se modifican las Directivas (UE) 2019/1937 y (UE) 2020/1828 (Ley de mercados digitales) (DO L 265 de 12.10.2022, p. 1);
  • Declaraciones de funcionarios que constituyen una infracción del deber de lealtad a la Constitución;
  • Infracciones de la protección de los intereses financieros de la Unión Europea en el sentido del artículo 325 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea e
  • infracciones de las normas del mercado interior en el sentido del artículo 26 (2), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, incluidas las normas de la Unión Europea sobre competencia y ayudas estatales que van más allá del apartado 1, punto 8.